Organismo rechazó dos de las cuatro objeciones presentadas por los parlamentarios de la derecha, quienes se han opuesto firmemente a la reforma laboral impulsada por el Gobierno.
El Tribunal Constitucional declaró como contraria a la Constitución la norma de la reforma laboral que establece la titularidad sindical, es decir, que sólo los sindicatos pueden acceder a la negociación colectiva.
Así lo informó el abogado y secretario general del organismo, Rodrigo Pica, al dar a conocer la decisión de los integrantes del organismo que vela porque las leyes estén conformes a los preceptos de la actual carta magna.
Pica dijo que, por seis votos a cuatro, se acogió la petición de un grupo de parlamentarios de la coalición Chile Vamos respecto a la titularidad sindical.
También se acogió, pero parcialmente, un segundo cuestionamiento de la derecha en torno a la extensión de beneficios para nuevos afiliados al sindicato.
Esto significa que queda fuera de la legalidad el inciso primero del Artículo 323 que señala que “la afiliación sindical otorgará de pleno derecho a los nuevos socios los beneficios del instrumento colectivo suscrito por la organización sindical a la que se incorporen, conforme a los requisitos establecidos en dicho instrumento, a partir de la comunicación de la afiliación al empleador”. La precisión sobre este punto, dado a conocer en forma vaga por Pica, deberá estar detallada en la redacción del fallo.
Los otros dos conceptos cuestionados por la derecha: la información sobre planilla de sueldos y el carácter obligatorio de la negociación inter-empresas, fueron rechazados por el TC.
El abogado Pica sostuvo que el detalle de la sentencia será dado a conocer una vez que esté firmada por los integrantes del tribunal, lo que debiera ocurrir antes del 9 de mayo.
Asimismo, aclaró que las normas que han sido declaradas inconstitucionales no pueden convertirse en ley de la república.
Por nuestro medio asociado Nación.cl