Por Cristóbal Lira, Subsecretario de Prevención del Delito.
El Observatorio de Jueces ha provocado diferentes reacciones en el mundo académico y de los diferentes actores del sistema procesal penal, algunas positivas y otras naturalmente reactivas a lo desconocido. En ningún caso el Poder Ejecutivo pretende intervenir en las funciones constitucionales de Poder Judicial, particularmente revisar los fundamentos o contenidos de las resoluciones. Muy lejos de eso, el proyecto busca esencialmente el análisis estadístico de las sentencias de los Juzgados de Garantía y Tribunales Orales en lo Penal para ser una contribución a quienes tienen la responsabilidad de desarrollar políticas públicas en materia de control y sanción de delitos.
Algunas personas han señalado que la información de las sentencias en materia penal son de acceso público para terceros, sin embargo eso tiene sus matices puesto que escuchar una lectura resumida en una audiencia pública o acceder a la página web del Poder Judicial para saber si se dictó o no una sentencia, no es lo mismo que acceder como terceros no intervinientes en el proceso a la actuación judicial íntegra (digital o físicamente) para observar en detalle su contenido y así levantar información estadística de calidad que hoy no existe. Incluso la ley establece que, en todo caso, dicha información será pública transcurridos cinco años, por lo que el Observatorio de Jueces pudiere encontrarse, no lo sabemos, con limitaciones de hecho que le permitan ver sólo hacia el pasado menos cercano, para reorientar los esfuerzos y estudios en materia de delincuencia hacia el futuro.
Este enfoque estadístico del proyecto nos permitirá conocer, por ejemplo, qué está ocurriendo a nivel judicial en determinados delitos y zonas del territorio, definiendo futuros cambios normativos, capacitación o coordinación de las policías y fiscales en forma mucho más precisa. Esa información hoy se encuentra dispersa o es de difícil acceso público. Como no pretende revisar contenidos o fundamentos del fallo del punto de vista del derecho, sino que sólo un análisis cuantitativo de nivel superior, el Observatorio de Jueces es una propuesta innovadora para analizar de mejor forma el eslabón de sanción del delito y no a un régimen disciplinario o de control de los jueces por sustentar determinados criterios jurídicos.
Otra iniciativa de igual envergadura y que ya se encuentra dando frutos, es el Sistema Táctico de Análisis del Delito (STAD), que ocupa actualmente Carabineros de Chile, y que le permite a los mandos locales, regionales y nacionales, tomar medidas de prevención situacional hacia el futuro analizando en forma comparativa los datos del pasado, los
cuales son sistematizados y asociados de una manera que les da mayor valor agregado para la toma de decisiones. Mismo camino ha tomado el Ministerio Público con el STAD INVESTIGATIVO, que no es otra cosa que un análisis cuantitativo de mayor nivel para evaluar las órdenes de investigar recibidas tanto de Carabineros de Chile como la de la PDI, lo cual permitirá mejorar los tiempos de respuesta y la calidad de los informes policiales que reciben los Fiscales.
Advirtiendo la magnitud y el potencial de esta iniciativa, la UAI decidió financiar completamente este observatorio judicial. Como Gobierno, nos satisface plenamente esta decisión. Aseguramos así la implementación del Observatorio, su continuidad en el tiempo y se disipa cualquier duda que se haya expresado acerca de su dependencia de cualquier gobierno. Hemos contribuido así, a que se cree un instrumento que ha sido valorado positivamente por una ciudadanía que entiende que en la evaluación permanente de la gestión de todas las instituciones de la persecución penal, se encuentra la clave para enfrentar con políticas públicas de calidad el desafío de seguir reduciendo con eficacia la delincuencia.
En consecuencia, ningún juez debe considerar el Observatorio de Jueces como una amenaza a su independencia, sino como una herramienta del mundo de la sociología, de la estadística o de la criminología, que nos permitirá como sociedad contar con los insumos básicos para poder mejorar a futuro las políticas públicas en materia de control y sanción del delito. Finalmente, la pregunta que debemos hacernos es, ¿tienen derecho los ciudadanos a saber cómo fallan los tribunales y los jueces?, sí tienen, y en la era de la información y transparencia no se le puede negar ese derecho.