Superintendencia del Medio Ambiente inicia procedimientos sancionatorios contra dos proyectos de piscicultura en Cunco y Melipeuco

Esto, luego de constatar que en la operatividad de la Piscicultura Curacalco, cuyo titular es la Empresa Benchmark Chile Genetics y de la Piscicultura Estero Peuco, de la Empresa Exportadora Los Fiordos, se han evidenciado impactos ambientales no previstos.

La Superintendencia del Medio Ambiente ha formulado cargos en contra de dos empresas de piscicultura que operan en La Araucanía. El primer inicio de procedimiento sancionatorio es contra la Empresa Benchmark Chile Genetics, titular de la unidad fiscalizable Piscicultura Curacalco, que cuenta con dos proyectos evaluados ambientalmente: “Instalación Piscicultura Río Curacalco (RCA N°136/2000)” y “Modificación Sistema de Tratamiento Efluentes Piscicultura Curacalco, IX Región (RCA N°235/2006)”, ambos ubicados en la comuna de Cunco.

La segunda formulación de cargos es contra la Empresa Exportadora Los Fiordos, titular de la unidad fiscalizable “Piscicultura Estero Peuco”, que cuenta con permiso ambiental RCA N°30/2005 para la “Modificación del Proyecto Instalación Piscicultura Estero Peuco”, y que se encuentra ubicado en la comuna de Melipeuco.

Tras las fiscalizaciones realizadas por profesionales de la Oficina Regional Superintendencia del Medio Ambiente en La Araucanía, en conjunto con otros organismos sectoriales y luego del análisis legal de todos los antecedentes por parte de la División de Sanción y Cumplimiento de la Institución, la Superintendencia detectó incumplimientos a los permisos ambientales que fueron otorgados a cada empresa para la operatividad de sus proyectos. 

En la formulación contra la Empresa Benchmark, se han imputado tres infracciones. La primera, clasificada como leve, se sustenta en que el titular no informó oportunamente, ni implementó las medidas necesarias para hacerse cargo de los impactos ambientales no previstos, considerando la proliferación de colonias de microorganismos mucilaginosos en sectores del canal de descarga, punto de descarga y aguas debajo de la descarga del efluente de la Piscicultura Curacalco.

La segunda y tercera infracción, ambas clasificadas como graves, se sustentan por el incumplimiento de la obligación de paso de caudal ecológico y por la captación de aguas para el proceso productivo, provenientes de tres pozos subterráneos, en contravención a la RCA N°136/2000 y RCA N°235/2006.

Respecto a la formulación de cargos en contra la Empresa Exportadora Los Fiordos Limitada sobre la “Modificación del Proyecto Instalación Piscicultura Estero Peuco”, la imputación levantada se sustenta porque el titular no informó oportunamente ni tampoco implementó las medidas necesarias para hacerse cargo de los impactos no previstos, en específico, la proliferación de microrganismos en sectores aguas debajo de la descarga del efluente de las Piscicultura Estero Peuco, infracción que ha sido clasificada como leve.

Al respecto, el jefe de la Oficina Regional de La Araucanía, Luis Muñoz, explicó que “a través de las actividades de fiscalización realizadas a cada proyecto de piscicultura, pudimos constatar que en la operatividad de estos, se evidenciaron impactos ambientales no previstos por los titulares tras detectar la proliferación de microorganismos en los sectores de descarga de RILes que realiza la Piscicultura Curacalco en el río del mismo nombre y la Piscicultura Estero Peuco, en dicho estero”.

Sobre los incumplimientos levantados en contra la Empresa Benchmark, uno clasificado como leve y dos como graves, el titular arriesga una multa de hasta 11 mil Unidades Tributarias Anuales (UTAs), considerando la totalidad de los cargos, equivalentes a más de 8 mil 342 millones de pesos. Por su parte, la Empresa Exportadora Los Fiordos, respecto a la imputación de la infracción leve, arriesga una multa de hasta mil UTA, equivalente a más de 758 millones de pesos.

Tras la formulación de cargos, cada empresa tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos, desde la fecha de notificación.

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