Seremi de Salud realiza en La Araucanía fiscalizaciones a venta de juguetes por celebración del Día del Niño

fiscalización de juguetes

Se han retenido más de 400 juguetes por incumplimiento a la normativa.

Con el propósito de resguardar la salud de los niños y niñas en la próxima celebración de su día, la Seremi de Salud Araucanía ha realizado diversas fiscalizaciones en la región para dar cumplimiento al Decreto 114 de 2005, sobre Seguridad de los Juguetes.

Los fiscalizadores de la Seremi de Salud inspeccionan las grandes tiendas y locales en general de venta de juguetes, labor que se realiza –dijeron- durante todo el año y que se intensifica en celebraciones como el Día del Niño/a y Navidad.

A la fecha, se han realizado 80 fiscalizaciones a lo largo del año, y con motivo de la celebración del Día del Niño, ya se han levantado tres actas de retención de juguetes por incumplimiento a la normativa, registrándose más de 400 juguetes retenidos.

El seremi de Salud, Carlos González, hizo un llamado a los padres al momento de comprar, para que adquieran juguetes en lugares establecidos y pongan atención en la rotulación de los productos. “Estamos a pocos días de celebrar el Día del Niño y estamos intensificando en estos días las fiscalizaciones de juguetes dado que la venta de éstos aumenta. Nuestros equipos salen a fiscalizar que los juguetes cumplan con la normativa, especialmente con las indicaciones de riesgo que los juguetes puedan tener para los menores. Realizamos inspección en el comercio establecido, para garantizar que las indicaciones de los juguetes existan para que los padres tomen la mejor decisión al momento de comprarlos, fundamentalmente en relación con la edad para los cuales están dirigidos”, señaló la autoridad sanitaria.

 

Comercio ambulante

Cabe mencionar que la Seremi de Salud tiene competencia para fiscalizar los locales establecidos y las ferias autorizadas. Con respecto al comercio ambulante, la competencia de fiscalización es de Carabineros y de los municipios.

Los aspectos controlados se refieren al rotulado de los juguetes, donde es necesario poner atención a que estos deban contener al menos la siguiente información obligatoria: Nombre o razón social y domicilio del productor o responsable de la fabricación o importación del juguete; nombre genérico del producto, cuando este no sea planamente identificable a simple vista por el consumidor; país de origen del producto; leyenda o símbolo que indique la edad del usuario recomendada por el fabricante y la indicación de “Advertencia: Se debe utilizar bajo la vigilancia de un adulto”, cuando sea necesario.

Además, aquellos juguetes que, debido a sus funciones, dimensiones, características, propiedades u otros motivos, son claramente inadecuados y podrían resultar peligrosos para niños menores de tres años, deben llevar la indicación: “Advertencia, no apropiado para niños menores de 3 años”.

Por su parte, los juguetes que contengan partes pequeñas, que puedan ser ingeridas y/o inhaladas por niños menores de 3 años, deben agregar a la advertencia anterior, la indicación: “Contiene partes pequeñas”.

Por Natacha Ortiz

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *