Tribunal de Valdivia acogió en primera instancia demanda interpuesta por CDE contra Celulosa Arauco y Constitución. La consideró autora del daño ambiental al humedal en 2004 y ordenó medidas para mitigar destrucción del lugar.
El Juzgado de Letras de Valdivia condenó a la empresa Celulosa Arauco y Constitución (Celco) como autora del daño ambiental al humedal del santuario de la naturaleza del Río Cruces en el año 2004 y que causó la muerte de cientos de cisnes de cuello negro.
La magistrada Gloria Hidalgo acogió de esta forma la demanda interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la firma y ordenó una serie de medidas para mitigar la destrucción del lugar.
Comité interdisciplinario
El dictamen de primera instancia ordena a través de un comité interdisciplinario de expertos en biología, química y física realizar un estudio en un plazo de un año del estado actual del humedal a fin de determinar el daño causado desde esa fecha.
Asimismo, obliga a Celco a crear un humedal artificial para que con especies originarias del humedal recibe la disposición de riles, que se ubicará antes del vertimiento al Río Cruces.
A su vez, dispone realizar un programa de monitoreo de impacto ambiental en un plazo no superior a 5 años que cumpla las obligaciones de la resolución de calificación ambiental que permitió el funcionamiento de la planta de celulosa en la Región de Los Ríos.
También se considera la creación de un centro de estudios para humedales, propuesto por la propia empresa Celco y la implementación de un programa comunitario y una vez calculados los daños pagar los perjuicios provocados por la contaminación y muerte de las aves.
“No cabe duda de los perjuicios”
En el fallo, la jueza Hidalgo señala que “no cabe duda que han existido perjuicios y si bien éstos no pueden ser encasillados a una persona en particular que los haya sufrido, es claro que ha sido la ciudadanía en general la que se ha visto perjudicada, donde la entrada en funcionamiento de la planta Valdivia causó un detrimento en un lugar de incalculable belleza, reconocido por el Estado de chile, como un sitio a preservar, daño que afectó no solo la fauna, flora, aguas, sino también su valor paisajístico”, consigna la sentencia.
La resolución puede ser recurrida por las partes ante la Corte de Apelaciones de Valdivia y en última instancia ante la Corte Suprema.
Por nuestro medio asociado Nación.cl