Se estableció la falta de servicio de la PDI y una conducta injustificadamente errónea y arbitraria del Ministerio Público en la investigación por el homicidio de la joven psicóloga, los que produjeron perjuicio laboral y daño moral a los demandantes.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió la demanda interpuesta por Domingo Cofré Ferrada y su cónyuge y condenó al Fisco a pagarles una indemnización total de 100 millones de pesos por falta de servicio en la investigación en que el exrondín del Colegio Bautista de Temuco se le imputó responsabilidad como autor en los delitos de incendio frustrado y homicidio calificado en contra de la joven estadounidense Erica Hagan, ilícitos de los que fue absuelto el 30 de diciembre de 2015.
En fallo unánime, la Primera Sala del Tribunal de Alzada revocó en lo principal la sentencia impugnada, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Temuco, y estableció la falta de servicio de la PDI y una conducta injustificadamente errónea y arbitraria del Ministerio Público en la investigación por el homicidio de la joven psicóloga, los que produjeron perjuicio laboral y daño moral a los demandantes.
“Que los demandantes solicitan se condene al Fisco de Chile por falta de servicio, basados en que por actos u omisiones que se efectuaron en la investigación penal iniciada en torno a la muerte violenta de Erica Faith Hagan, y que en dicho contexto, efectuaron una investigación y posterior acusación sesgada en contra de Domingo Cofré Ferrada, y que, de no haber sido en tales términos, nunca hubiera llegado a acusación alguna, es más, pudo haber sido investigado desformalizada y aun formalizadamente, pero nunca acusado”, afirma el fallo.