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| CÁMARA APROBÓ PROYECTO QUE CONSAGRA DERECHO A RETRACTO EN CONTRATOS A DISTANCIA O POR MEDIOS ELECTRÓNICOS |
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| Escrito por Eduardo Díaz Mauro | |||||||||
| Miércoles, 28 de Septiembre de 2011 13:44 | |||||||||
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Si bien ley actual contempla el derecho, no ocurre lo mismo con contratos celebrados a distancia. Diputados Carolina Goic y René Saffirio esperan rápida aprobación en Senado.
A segundo trámite pasó hoy el proyecto de ley que modifica la Ley 19.496, permitiendo que el actual derecho a retracto pueda ser aplicado, también, en los casos de contratos celebrados a distancia o por medios electrónicos, contando el consumidor con un plazo de 10 días para poner fin a la compra realizada. Así lo informaron dos de los autores de la iniciativa, diputados DC Carolina Goic y René Saffirio, quienes agregaron que “esperamos que en el Senado el proyecto tenga una rápida tramitación y que a la brevedad esta iniciativa pueda ser ley, otorgando nuevas herramientas que refuercen los derechos de los consumidores, especialmente en los casos de contratos a distancia, donde muchas veces la información entregada no es clara y, una vez concretado el servicio o recibido el bien adquirido, surgen los reclamos y la legítima necesidad de retractarse”.
Facultad del consumidor Al respecto, la diputada Goic explicó que “la Ley 19.496 contempla entre sus normas, el derecho a retracto, esto es, la facultad que tiene el consumidor de poner término de manera unilateral a un contrato de compraventa de bienes y/o servicios, sin expresión de causa y cumpliendo ciertos plazos y requisitos expresamente señalados en la ley. Sin embargo, la norma establece una limitación expresa al efectivo ejercicio de este derecho cuando se trata de contratos celebrados mediante medios electrónicos u ofertas hechas a distancia. Esta limitación, obviamente, es una inconsistencia y resulta injusta y arbitraria”. En ese marco, el diputado René Saffirio agregó que “el proyecto modifica la Ley 19.496 con el propósito de permitir a los consumidores ejercer siempre el derecho de retracto -dentro del plazo de 10 días desde la recepción del producto o contratación del servicio- respecto de los contratos celebrados por medios electrónicos y en aquéllos en que aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia”. La iniciativa fue ingresada por los diputados DC Carolina Goic y René Saffirio, Gabriel Ascencio, Víctor Torres, Fuad Chahín, Jorge Sabag y Matías Walker.
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