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SERNAC EXPLICÓ QUÉ GANAN LOS CONSUMIDORES CON LA NUEVA LEY DE TURISMO Imprimir E-mail
Escrito por Tatiana Liempí   
Lunes, 08 de Febrero de 2010 17:45

Hace poco se promulgó esta ley que fija estándares de calidad y seguridad para la industria, pero además entrega derechos al consumidor/turista y fija mecanismos de reclamo. 

La  Presidenta Bachelet promulgó la Ley de Turismo que, entre otros aspectos, asegura la  calidad y seguridad de los servicios turísticos, establece estándares de protección cultural y del medio ambiente, así  como ciertas obligaciones para los prestadores. Pero ¿qué implica esta nueva normativa para el consumidor/turista?

Calidad y seguridad: La Ley entrega mayores garantías de calidad y seguridad en un rubro donde hasta ahora no era fácil distinguir quién es quien. Ahora los Buenos estarán  claramente identificados con un sello de calidad y/o seguridad otorgado por el Servicio Nacional de Turismo, luego que pasen por un proceso de certificación. Quien deje de cumplir alguno de los parámetros establecidos, podrá ser sacado de dicho registro por el Sernatur.

La incorporación a Los Registros y Certificación de Calidad y Seguridad son voluntarias,  salvo, para los servicios de alojamiento, donde el registro es obligatorio, y para turismo aventura, donde la certificación es obligatoria. 

 

Derechos al turista/consumidor

La nueva normativa especifica derechos adicionales a los que entrega la Ley del Consumidor para el consumidor/turista como el derecho a la información, a la seguridad y a que se cumpla lo ofrecido.

Si  bien, esos derechos ya están contemplados en la Ley del Consumidor, la nueva Ley  de Turismo los particulariza para las empresas prestadoras de servicios turísticos estableciendo la obligación de: Informar a los usuarios sobre las condiciones del servicio que ofrezcan. Entregar los servicios a los que estén obligados según su clasificación. Exhibir el precio en un lugar visible. Exhibir el sello de calidad y/o seguridad. Ocuparse del buen funcionamiento y mantención de sus instalaciones y bienes asociados a la prestación del servicio. Garantizar la seguridad y salud de las personas. Disponer de un folleto que contenga por escrito la oferta sobre el viaje y detalle de cada servicio o actividad, entre otros. 

 

Denuncias

Cualquier infracción a la calidad o a la seguridad de los servicios turísticos, podrá  denunciarse de acuerdo a lo establecido por la Ley del Consumidor, esto es, a través del  Sernac para buscar una solución extrajudicial, o a través de un Juzgado de Policía Local.

El  Sernac,  Sernatur, Carabineros y las municipalidades, podrán denunciar ante los Tribunales este tipo de infracciones.

Otra novedad es que para la aplicación de las multas, el juez podrá tomar especialmente  en cuenta el idioma del turista, su tiempo de permanencia en el  país, si se contrató o no a una agencia de turismo, la situación de indefensión en la que haya quedado el turista afectado por la infracción y los daños efectivamente causados. Por otra parte, el plazo de prescripción para este tipo de infracciones será de dos años desde cometido el hecho.

En definitiva, con esta nueva Ley ganan los consumidores, en su calidad de turistas al establecerse derechos específicos y parámetros de calidad y seguridad. Ganan los turistas extranjeros o transeúntes, pues se incentiva el reclamo aunque estén de paso. Gana la industria, al generarse mayor competencia y señalizar quien es quien en materia de turismo. Y gana el país, al elevarse los estándares de calidad y seguridad en un mercado de alta importancia económica.

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Última actualización el Lunes, 08 de Febrero de 2010 17:47
 

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